Artículo 27. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
"Dale a tus hijos la oportunidad de vivir sus vidas, no la tuya".
EL Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes atribuciones: a) Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo, sin perjuicio de las competencias del Claustro de Profesores.
Yo impartí Educación para la Ciudanía y fue un gran error su supresión.
Maestro.
Quiero abrir mi canto con la escuela,
quiero ir andando detrás de cada niño
porque quiero sentir a golpe de cartera
y predicar la verdad de estar vivo.
Quiero abrir mi canto con la escuela,
porque el niño que hoy hace su casa de palillos
mañana puede ser que, en cualquier guerra,
destruya de un bombazo las casas de ladrillos.
Quiero arrancarles sus pistolas de mentira
porque apuntan de verdad al pecho de un amigo,
quiero enseñarles la palabra hombre
y, que hay un hombre detrás de cada niño.
Cayetano Ibarra Barroso
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